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Abogacía en Materia Fiscal

  • mexico-abogado
  • 18 oct
  • 2 Min. de lectura

Función del Abogado Fiscalista

El abogado fiscalista es el profesional del Derecho especializado en la interpretación, aplicación y defensa de las normas tributarias que regulan la relación jurídica entre el Estado (como ente recaudador) y los contribuyentes (personas físicas o morales).Su misión esencial es proteger los derechos del contribuyente y garantizar que las cargas tributarias se apliquen conforme a los principios constitucionales de justicia fiscal.

 

1. Función Asesora y Preventiva

La primera y más importante función del abogado fiscalista es prevenir conflictos con las autoridades hacendarias mediante una adecuada planeación, asesoría y cumplimiento fiscal.

Actividades principales:

  • Interpretar y aplicar correctamente las leyes fiscales federales y locales (ISR, IVA, IEPS, CFF, etc.).

  • Orientar sobre obligaciones tributarias y riesgos fiscales en operaciones comerciales, corporativas y patrimoniales.

  • Diseñar estrategias de planeación fiscal lícita, optimizando cargas sin incurrir en simulaciones ni defraudaciones.

  • Revisar declaraciones, comprobantes digitales (CFDI), contabilidad y pagos provisionales.

  • Representar a empresas o personas físicas durante visitas domiciliarias, revisiones electrónicas o auditorías fiscales.

Objetivo: Evitar la generación de créditos fiscales, multas, cancelaciones de sellos digitales o denuncias penales por delitos fiscales.

 

2. Función Contenciosa o Defensiva

Cuando la autoridad fiscal ya emitió un acto de molestia o una resolución perjudicial, el abogado fiscalista actúa como defensor legal del contribuyente ante instancias administrativas y judiciales.

Medios de defensa:

  • Recurso de revocación (ante la propia autoridad emisora).

  • Juicio contencioso administrativo (ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa).

  • Juicio de amparo (ante juzgados de distrito o tribunales colegiados).

También participa en delitos fiscales relacionados con defraudación, uso de comprobantes falsos, omisión de ingresos o retenciones, etc., ejerciendo la defensa técnica conforme al sistema penal acusatorio federal.

Objetivo: Lograr la nulidad, modificación o suspensión de los actos fiscales que vulneren derechos fundamentales del contribuyente.

 

3. Función Consultiva y Corporativa

El abogado fiscalista también asesora en la estructura legal y fiscal de las empresas para garantizar el cumplimiento normativo y la eficiencia jurídica.

Ejemplos:

  • Constitución, fusión o escisión de sociedades con planeación fiscal.

  • Análisis de régimen fiscal aplicable a personas morales o físicas.

  • Contratos con implicaciones tributarias (arrendamiento, servicios, asociación, fideicomisos).

  • Asesoría sobre impuestos internacionales y doble tributación.

 

4. Función de Representación ante Autoridades

El abogado fiscalista representa formalmente a su cliente ante:

  • Servicio de Administración Tributaria (SAT)

  • Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON)

  • Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA)

  • Fiscalía General de la República (FGR) —cuando se derivan delitos fiscales federales.

El abogado fiscalista actúa como garante del debido proceso y de la seguridad jurídica frente al poder tributario del Estado.

 

5. Fundamento Constitucional y Ético

Su actuación se sustenta en los principios de legalidad, proporcionalidad, equidad y destino al gasto público, previstos en el artículo 31, fracción IV de la Constitución, y en el bloque de constitucionalidad fiscal derivado del artículo 1° (derechos humanos y tratados internacionales).

Además, debe actuar con ética profesional, confidencialidad, objetividad y lealtad, pues el Derecho Fiscal exige equilibrio entre el interés público recaudatorio y la protección del patrimonio privado.

 

En Síntesis

El abogado fiscalista es el escudo legal del contribuyente.Su función es prevenir, corregir y defender ante cualquier exceso o error de la autoridad fiscal, garantizando que el poder tributario se ejerza dentro de los límites de la Constitución y la ley.

 
 
 

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